sábado, diciembre 17, 2005

Música en silencio III: Marta Gómez

En Boston, en el noreste de Estados Unidos, vive una colombiana que escribe y canta bambucos, cumbias, vallenatos, joropos y otros ritmos latinoamericanos con toques de jazz. Ha cantado en varios festivales de jazz y música latina, al igual que en la intimidad de bares, cafés y clubes de jazz, en varios lugares de Estados Unidos, Canadá, Ecuador y Argentina. Su música se caracteriza por su sencillez, por su voz tierna pero poderosa y por sus acompañamientos acústicos y de percusión autóctona.

Marta Gómez empezó a cantar en el coro de su colegio, el Liceo Benalcázar de Cali. Continuó sus estudios musicales en la Universidad Javeriana de Bogotá, y en 1999 viajó a Boston con una beca para estudiar en el Berklee College of Music de esta ciudad estadounidense. Allí conoció a los músicos argentinos Julio Santillán, Franco Pinna y Fernando Huergo, quienes luego formarían parte de su grupo.

Antes de graduarse de Berklee, Marta ya había publicado dos CDs: Marta Gómez (2001) y Sólo es vivir (2003). En 2003 también fue invitada para abrir los conciertos de la cantante estadounidense Bonnie Raitt y de la argentina Mercedes Sosa. El año siguiente, Marta firmó un contrato con el sello independiente Chesky de Nueva York para lanzar su tercer disco, Cantos de agua dulce.

Se trata de un disco íntimo, dulce (sin ser meloso), alegre y, sobre todo, conmovedor. En la primera canción, "La finca", Marta transmite imágenes de su infancia en Cali, recordando esos "cuentos de algodón con sabor a perejil y cebolla picada" que, en sus palabras, "llenan mi memoria y me hacen sonreir". También se destacan "Seis", un vallenato-jazz en que el clarinete reemplaza al acordeón con gran delicadez, y "Canta", una pieza con aires de flamenco dedicada a España tras los atentados terroristas contra los trenes de Madrid:

"Canta cuando hay que cantar y llora cuando hay que llorar", dice la suave voz de Marta. "Y cuando quieras llorar yo te doy mi llanto y en mí traigo a un pais que sabe llorar..."

Por otro lado, su interpretación de la "Tonada de luna llena" es descrestadora. Acompañada únicamente por la percusión, Marta Gómez hace suyo el clásico del venezolano Simón Díaz. Pero la más conmovedora de todas es "Confesión", un canto lleno de nostalgia que resume los sentimientos de quienes, como ella, vivimos lejos de Colombia, esa "tierra que le sobra corazón y voluntad":
"Tengo un corazón
que no se cansa de extrañarla...
Tantos sueños y esperanzas
que se quedan en el alma.

Tengo a un país
atravesado en la garganta
Que no deja que me vaya
acostumbrando a la distancia..."
Y al oír estas sencillas palabras en la voz de Marta Gómez los ojos se empañan de nostalgia y los mejores recuerdos de Colombia se convierten en una sonrisa de inevitable añoranza —pero una sonrisa al fin y al cabo—.

Como sucede con los grandes cantautores, a Marta Gómez le bastan unas pocas palabras para conmover. Y, como los grandes cantautores, Marta no necesita fama para ser grande.


En el sitio de Internet de la cantautora (http://www.martagomez.com), se pueden oír fragmentos de sus canciones y ver su calendario de eventos para el futuro.

Cantos de agua dulce
se puede conseguir en Amazon.com, Barnes & Noble, Tower Records y en la tienda de iTunes (Estados Unidos), Amazon.fr (Francia) y Mesuena.com (Colombia).

Sólo es vivir y Marta Gómez se pueden conseguir en Tower Records y CDBaby (Estados Unidos)

*****

*Además de su éxito como artista,
Marta también dirige la Fundación Agua Dulce, que ha apadrinado a cuatro niños de escasos recursos para brindarles alimentación, servicios de vacunación y talleres de deportes, teatro, artes y música a través de la Fundación NUTRIR.

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viernes, diciembre 09, 2005

La sociedad colombiana: inhibida para emitir juicio

Finalmente, la Corte Constitucional se pronunció sobre el tema del aborto: se declaró inhibida para fallar la demanda instaurada por los abogados Mónica Roa y Joaquín Sandoval, que solicitaba la despenalización del aborto solamente en casos de violación, malformaciones en el feto y circunstancias que amenacen la vida de la madre. Los grupos "pro-vida" cantaron victoria, celebrando "el triunfo del derecho a la vida", pero mostrando pruebas de su confusión (¿expresa?) sobre los alcances de la sentencia y de su ignorancia irresponsable de las condiciones de vida de millones de mujeres colombianas.

Según el presidente del alto tribunal, Manuel José Cepeda, la Corte encontró tres fallas en la presentación de la demanda: en primer lugar, solicitaba un fallo modulado (pedía no la derogación de los artículos del Código Penal en cuestión sino su modificación); en segundo lugar, no se demandaron otros artículos del Código Penal que castigan el aborto; y, finalmente, los argumentos presentados para demostrar la violación por parte de estos artículos de tratados internacionales firmados por Colombia.

Cepeda afirmó que la declaración de inhibición es un procedimiento normal cuando las demandas no cumplen los requisitos. Sin embargo, el magistrado Jaime Araújo afirmó que los requisitos para estudiar el fondo de la demanda sí se cumplían. La decisión se adoptó por cinco votos a favor, mientras que tres magistrados (Araújo, Alfredo Beltrán y Humberto Sierra) salvaron su voto.

La decisión de la Corte tomó por sorpresa a Mónica Roa (ver foto), quien esperaba "un sí o un no". Aun así, esta joven abogada anunció que insistirá con un proceso jurídico "totalmente nuevo" y se declaró contenta y orgullosa de lo que ella y sus seguidores han conseguido: "Logramos cambiar los términos del debate en la opinión pública," dijo. "Logramos, primero, que la gente se sintiera libre de hablar de un tema del que antes no se hablaba."

Y agregó: "Cada vez más ha dejado de ser un tema moral y religioso y se ha convertido en un tema de salud pública y de derechos humanos."

Mientras tanto, la Iglesia y las organizaciones "provida" como Laicos (¿?) por Colombia y la Fundación Cultura de la Vida Humana (la misma que celebró el "éxito" de Jesucristo ante "un comportamiento antinatural" cuando se hundió el proyecto que pretendía reconocer las uniones homosexuales y los derechos de quienes las conforman), cantaron victoria.

En las últimas semanas, éstas y otras organizaciones, acompañadas por el rector de la Universidad La Gran Colombia, José Galat, llevaron a cabo una gran campaña mediática "en defensa de la vida humana" y realizaron grandes marchas con el fin de influir en la decisión de la Corte, con varios argumentos serios y respetables: el derecho a la vida es inviolable (lo dice nuestra Constitución), el feto no tiene la culpa de la violación, hay opciones distintas al aborto (la adopción, por ejemplo) y varias malformaciones congénitas (como el labio leporino) permiten el desarrollo de una vida relativamente normal.

El problema con esta campaña es que, sea a propósito o de manera involuntaria, lo que ha conseguido más que cualquier otra cosa es confundir a la opinión pública sobre los alcances de la demanda de Roa —que únicamente pedía la despenalización en los casos ya mencionados y en ningún caso buscaba imponer el aborto generalizado, como quisieron presentarlo algunos— y exacerbar los ánimos de personas cuyos argumentos no van más allá de "Dios da la vida y sólo Él la puede quitar". Aunque para muchos éste sea un argumento terminante, resulta que Colombia no es una teocracia.

No saben, o, peor, ignoran de forma irresponsable, que cada año se realizan en Colombia alrededor de 300 mil abortos clandestinos y que las complicaciones del aborto ocupan el segundo lugar en la mortalidad materna (datos del Ministerio de Protección Social: ver artículo de El Espectador). Su criminalización no impide que se lleve a cabo, pero sí pone en riesgo a las mujeres que deciden abortar, ya que, por obvias razones, el Estado no puede regular los establecimientos donde se practican los abortos y, mucho menos, "consultorios" como éste.

Por otra parte, sería también irresponsable pasar por alto consideraciones socioeconómicas como algunas de las demostradas por la reciente encuesta de Profamilia (ver artículo del 27 de noviembre). Sólo el 46% de los embarazos ocurridos en los últimos cinco años fueron planeados y deseados, y el 27% fueron embarazos francamente indeseados por la madre. Mientras tanto, el 16% de los adolescentes (entre 15 y 19 años) que desean obtener métodos anticonceptivos no tiene acceso a ellos.

Cualquiera dirá: "Entonces no tenga relaciones sexuales si no tiene métodos de planificación." Claro, resulta fácil decirlo. Pero practicarlo es más complicado. El 14.3% de las mujeres sin educación encuestadas por Profamilia reportó haber sido violada por su esposo o compañero, mientras que el 37.7% de éstas dijo haber sido víctima de algún tipo de abuso físico (ver detalles de la encuesta).

Por otra parte, en el campo de salud materno infantil las cosas tampoco son alentadoras. El 15.7% de las encuestadas más pobres reportó no haber recibido ningún tipo de atención prenatal durante su embarazo (ver detalles). Sólo el 58% de los niños entre 12 y 23 meses tiene esquemas completos de vacunación. Y a esto se le añade el hecho de que el 31% de la población nacional no tiene acceso al sistema de salud (ver detalles).

En Colombia, así como en cualquier país en desarrollo, ser mujer embarazada de bajos recursos, especialmente si el embarazo no es deseado, es una odisea que, como están las cosas, sólo puede terminar en la condena por parte de la sociedad y en uno, dos o tres años de cárcel, o, lo que puede ser peor, conducir a un futuro incierto de pobreza y pocas oportunidades de mejoramiento.

Así como la Corte se declaró impedida para fallar esta demanda, cualquier sociedad como la colombiana, que no es capaz de brindar a sus mujeres y a sus niños condiciones de vida dignas, debería reconocer que carece de autoridad para castigar con penas de cárcel (que, dicho sea de paso, exceden las penas que deben cumplir cientos de guerrilleros, 'paras', narcos y políticos corruptos) a quienes deciden terminar sus embarazos cuando éste ponga en peligro su vida y en casos de violación o malformaciones congénitas.

El aborto es, innegablemente, un tema tanto de salud pública como de ética. (También podríamos discutir el dilema de la legislación de la moral y la ética, pero ése es otro cuento.) Pero en el caso presente, que sólo cubre los casos excepcionales mencionados, se vuelve imposible hacer consideraciones de orden ético sin tener en cuenta las de salud pública y de orden social.

Ninguna mujer aborta por placer. Ningún aborto es deseable; sobra decir que un aborto es mil veces menos deseable que cualquier embarazo inesperado. La polémica por la despenalización del aborto en casos excepcionales no es una cuestión de "pro-vida" contra "anti-vida", como lo presentan algunos. Para muchas mujeres es una cuestión de vida o muerte. Y para todas las que luchan por ella es una cuestión de libertad e igualdad de derechos.


*Colombia pertenece al 0.4% de países donde se prohíbe el aborto sin excepción alguna. El artículo 122 del Código Penal establece penas de uno a tres años para "la mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause", mientras que el 124 reduce en tres cuartas partes la pena impuesta si el embarazo terminado haya sido causado por violación o inseminación forzada (ver texto del Código).

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